Curiosidades en informes y documentos (2004-2010)

En los diferentes informes y documentos que ha habido en la dilatada historia de la urbanización de Aigua Blanca IV se han producido numerosas “peculiaridades”, tales como equivocarse en las fechas, no firmarlos, no dar registro de salida, etc. Aquí presentamos algunos ejemplos ilustrativos.


8 de junio de 2004. Nota del departamento de urbanismo, firmada por el alcalde

Se trata de una nota informativa del departamento de urbanismo en la que recuerda el acuerdo plenario de 21 de junio de 2002 según el cual el ayuntamiento asumía íntegramente los gastos del Vial C.

Está firmada y fechada, pero no tiene registro de salida, como corresponde a un documento de esa importancia emitido por la administración local.


15 de junio de 2004. Carta de agradecimiento del alcalde

Se trata de una carta firmada por el alcalde, Salvador Fuster, agradeciendo a los propietarios la cesión voluntaria de terrenos para hacer posible la apertura del vial provisional de acceso al sector 5.

Está firmada y fechada, pero no tiene registro de salida, como corresponde a un documento de esa importancia emitido por la administración local.


5 de agosto de 2004

Se abrió un vial provisional de 6 metros de amplitud y 500 metros de longitud para mejorar los accesos al sector 5 y reducir el tráfico de la calle de la Comarca de la Marina Alta.

La apertura de este vial provisional fue posible gracias a la cesión voluntaria de terreno hecha por algunos de los propietarios del futuro sector de Aigua Blanca IV.

NO SE REDACTÓ NINGÚN DOCUMENTO POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL PARA ESTA CESIÓN VOLUNTARIA. Los propietarios nos fiamos de la palabra del alcalde, Salvador Fuster, y cedimos nuestros terrenos con toda la confianza depositada en la carta de 15 de junio de 2004 antes mencionada.


21 de agosto de 2006. Documento cobratorio (Registro de salida 07599)

En el desglose de los conceptos que configuran el padrón o documento cobratorio se especifica que “a descontar Alineación C, que financia íntegramente el Ayuntamiento”. Y la cantidad a restar queda fijada en 300.444,86 euros.

Pero resulta que esa cantidad no es, como reza el concepto, el valor total del Vial C “que financia íntegramente el Ayuntamiento”. Sino una cantidad que resulta de añadir los gastos del alumbrado a los 217.650 € de costos del vial C que estima Vicente Gregori en su informe de alegaciones al proyecto de urbanización (comisión de urbanismo de 13-9-2005), según su “interpretación” del acuerdo plenario de 21-6-2002.

A los propietarios jamás se nos comunicaron dichos cambios sobre lo acordado en la sesión plenaria de 21 de junio de 2002 y ratificado por la carta del alcalde, Salvador Fuster, el 15 de junio de 2004. Y seguimos confiados durante mucho tiempo porque, en el mismo documento cobratorio, se nos decía que el Vial C lo “financia íntegramente el Ayuntamiento”.

Sólo años después descubrimos el engaño y tuvimos conocimiento de la mencionada comisión de urbanismo de 13-9-2005.


2 de noviembre de 2006

Por decreto de alcaldía (3883/06) se adjudicó la dirección facultativa de las obras de urbanización de Aigua Blanca IV a Cristina Pena Martínez y Rafael Poquet Victoria, a título personal, sin actuar en representación de ninguna empresa.

Pero todos los pagos en concepto de dirección facultativa se han efectuado a la empresa denominada Ingeniería multidisciplinar EMIN, S.L. (CIF B-97.684.583), CON QUIEN NO EXISTE RELACIÓN CONTRACTUAL PARA DICHO FIN.

El decreto de alcaldía viene firmado y con el debido registro de salida, pero el documento viene fechado, pero error, “a dos de noviembre de dos mil dos” (2002!).


18 de abril de 2008

Se somete a información pública (DOCV 5743, de 16/04/2008) un modificado del Proyecto de Urbanización, con sobrecoste de 405.877 €, que no había por el Pleno, ni por Comisión de Gobierno.


28 de julio de 2008

Se presenta en la comisión de urbanismo un modificado distinto del que ya se había sometido a información pública (DOCV 5743, de 16/04/2008).

Pero tuvo que quedar sobre la mesa por no estar publicado y, por tanto, vulnerar el derecho de los propietarios a poder presentar alegaciones.


31 de julio de 2008

En la sesión plenaria se aprobó la constitución de una comisión de investigación denominada “Comisión Informativa Especial Aigua Blanca IV”.

Jamás se reunió.


16 de diciembre de 2008

En Junta de Gobierno quedó definitivamente aprobado el modificado de proyecto. Con el incremento de los 203.093,46 € del modificado de presupuesto las obras de urbanización, que se adjudicaron a la empresa MIDASCON por 1.449.149,10 €, ahora iban a costar 1.652.233,56 €.

Cuando se realizó la actualización de contrato (¿se realizó?), no se cobró la debida fianza por el incremento del valor de las obras de la urbanización.


Febrero 2009

A la vista de los diferentes informes técnicos que iban surgiendo, los propietarios solicitamos la responsabilidad patrimonial.

Nunca se inició el pertinente expediente administrativo.


2009

Por decreto de alcaldía (3058/2009) se inicia el expediente de rescisión del contrato del Ayuntamiento con la dirección facultativa EMIN SL.

Dos “apreciaciones”:

1.- No existe ningún contrato suscrito en concepto de dirección facultativa de las obras de urbanización de Aigua Blanca IV.

2.- La dirección facultativa, según el decreto de alcaldía (3883/06) por el que se adjudicó dicha tarea, eran, a título personal Cristina Pena Martínez y Rafael Poquet Victoria, sin actuar en representación de ninguna empresa.